Arregui, Alejandro - Impuesto al Valor Agregado
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6 de mayo de 2013
,por Arregui, Alejandro
¿Qué impuestos gravan la cesión de créditos con respecto al comprador y vendedor; son creditos comerciales qenerados en prestamos de un socio de una SA a esta y que cede en favor de quien compro las acciones de la misma. El vendedor incluye el credito como parte del precio de venta de las acciones?
En el caso planteado se verifica una operación compuesta, por un lado hay una venta de acciones de una SA que no está alcanzada por Ganancias y tampoco por IVA y por el otro la cesión del crédito, que entendemos que se realiza por el valor real del mismo, con lo cual en... >
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21 de octubre de 2011
,por Arregui, Alejandro
Una sociedad (S.R.L.) posee como único bien de uso una avioneta, siendo el objeto social es el transporte aéreo de pasajeros (taxi aéreo). La operatoria de la empresa, es que la avioneta vuele y facturar dichos vuelos, no posee otra actividad.
En la actualidad tiene un interesado en comprar dicha avioneta, ¿se puede proceder a la venta de la sociedad y al venderla también venden el bien de uso (aeronave.)?. En caso afirmativo ¿la mera transferencia de la sociedad es suficiente, no es necesario además que se facture el avión?
Si se opta por vender el avión sin la S.R.L., ¿se... >
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22 de septiembre de 2011
,por Arregui, Alejandro
Un contribuyente que tiene una agencia de venta de vehículos nuevos y/o usados y su situacion ante la Afip es responsable monotributista, desea comprar una Pick Up 0km donde la fabrica se la factura unicamente al dueño de la Agencia. Si en el futuro aparece un comprador responsable inscripto en el impuesto al valor agregado, ¿el propietario de la Agencia puede cederle la factura al comprador?, ¿el comprador puede utilizar el crédito fiscal?
¿Este sujeto está bien encuadrado como monotributista?
No es posible hacer lo planteado en la consulta. El monotributista no es sujeto... >
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25 de agosto de 2011
,por Arregui, Alejandro
Una empresa emite cheques a otra, emitiéndole esta última cheques a la primera, descontando los gastos por impuestos al débito/crédito. Es decir, A entrega cheques por $ 100 a B, y B entrega a A cheques por $98.80 (100 menos el 1.2%). ¿Está permitida esta operatoria?
En primer lugar, las normas impositivas no se ocupan de prohibir o permitir determinada operatoria, en todo caso lo que hacen es fijar cual es su tratamiento en los distintos gravámenes. No obstante, no veo inconveniente alguno en la operatoria descripta, más allá que no se aprecia que beneficio obtiene cada... >
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